PREGUNTAS FRECUENTES (FAQ)
SOBRE LAS NOTARIAS

En principio, se recomienda que el trámite notarial por otorgamiento de préstamo hipotecario se realice con las notarías autorizadas por el FOVIMAR, por las facilitadas y coordinaciones que se tienen con ellas; sin embargo, el personal aportante puede elegir cualquier otra notaria, para lo cual deberá tomar en cuenta lo siguiente:

  • Deberá realizar un depósito en la cuenta bancaria del Fondo de Vivienda, por concepto de emisión de poderes del Director Ejecutivo.
  • El personal aportante deberá coordinar con la Notaria de su elección, el recojo de los documentos para la elevación a escritura pública en las instalaciones del Fondo de Vivienda.
  • El personal aportante deberá coordinar con la Notaria de su elección la toma de firma de la Escritura Pública del Director Ejecutivo en las instalaciones del Fondo de Vivienda
  • El personal aportante deberá gestionar con la Notaria de su elección la entrega a este Fondo de Vivienda de un Testimonio de Escritura Pública con Inscripción Registral de la compra, formalización, constitución, sustitución o levantamiento de la hipoteca a favor de FOVIMAR.

Mayor información escribanos a: adjudicaciones@fovimar.com

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Fondo de Vivienda MGP
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