SEGURO DE
DESGRAVAMEN

  • El seguro de desgravamen cobertura el Saldo insoluto del crédito hipotecario de los Aportantes al momento del fallecimiento o invalidez total y permanente por enfermedad o por accidente de cualquiera de los Asegurados.
  • Estar al día en los pagos de cuotas por concepto de Seguro de Desgravamen, a fin se aplique la cobertura del mismo.
  • Hasta 76 años. 11 meses, 29 días.
  • Hasta 85 años 11 meses 29 días.
  • Muerte Natural
  • Muerte Accidental.
  • Invalidez Total y Permanente por Enfermedad.
  • Invalidez Total y Permanente por Accidente.
  • Desamparo Súbito Familiar

La presente póliza no cubre los siniestros ocurridos a consecuencia directa o indirecta de cualquiera de las siguientes causas o situaciones:

    1. Enfermedad preexistente,
    2. Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA).
    3. Suicidio, salvo que la póliza haya estado vigente de forma ininterrumpida durante 2 (dos) años.
    4. Participación activa del Asegurado en actos de conmoción contra el orden público dentro o fuera del país, así como en actos delictuosos, subversivos o terroristas.
    5. Cuando el siniestro del Asegurado se produzca a consecuencia de encontrarse en estado de ebriedad o bajo los efectos de drogas o alucinógenos.
    6. Otros, especificados en la cláusula del contrato.
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Para mayor información escribanos a:

También puede llamarnos a los números:

Teléfonos: 640-3333 / 640-3334 / 640-3335 / 640-3336

Anexo: 203

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