PREGUNTAS FRECUENTES (FAQ)
SOBRE LAS NOTARIAS
¿Soy viuda (o) de un personal naval, que beneficios me corresponde?
Como beneficiaria(o) de la pensión de su fallecido esposo(a), Usted puede seguir aportando al fondo de vivienda y obtener los beneficios que otorga el fondo, tales como:
- Adquirir una vivienda terminada o bien futuro
- Construir, remodelar o ampliar una vivienda propia
El beneficio se otorga cumpliendo los requisitos para cualquier modalidad establecida por el Fondo de Vivienda de la Marina.
Mayor información escribanos a: atencionalcliente@fovimar.com
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